EL USUARIO DE UN PARKING TIENE DERECHO A ACCEDER A IMÁGENES DE SEGURIDAD PARA SABER SI LE HAN RALLADO EL COCHE

La matrícula de un vehículo es un dato personal y pedir las imágenes de la cámara de vigilancia de un parking para cerciorarse de que el vehículo que ha sufrido daños mientras ha estado en las instalaciones, forma parte del derecho de acceso.

La empresa que gestiona las grabaciones debe entregarlas, poniendo las medidas adecuadas para anonimizar los datos de otros usuarios que puedan aparecer en las imágenes en virtud de la Ley 40/2002 reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.

Asimismo, el art. 15 del Reglamento de Protección de Datos estipula que el interesado tiene derecho a acceder y obtener del responsable del tratamiento de datos, la confirmación de si está tratando o no datos personales que le conciernen y en tal caso, de acceso de los datos personales.

Ante solicitudes muy genéricas, “el responsable podrá solicitar al afectado que especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud”.

La Agencia Española de Protección de Datos considera que la solicitud será considerada excesiva cuando el afectado elija un medio distinto al que se le ofrece, que suponga un coste desproporcionado, que deberá asumirlo el afectado.