Abogados de oficio: garantes de la justicia gratuita universal
Este 12 de julio fue el Día Internacional de la Justicia Gratuita. El artículo 119 de la Constitución Española recoge que “la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de los quién acreditan insuficiencia de recursos para litigar”. Los encargados de garantizar este derecho son los abogados del turno de oficio que se asignan a aquellas personas sin medios económicos para poder costeárselo.
Es la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita la que mediante sus baremos regula esta asignación. Analiza documentación económica, patrimonial, de ingresos y del núcleo familiar para formalizar esta decisión.
De todas maneras, la asistencia legal de entrada está asegurada las 24h de los 365 días del año. Si, por ejemplo, alguien se encuentra detenido por la razón que sea, se designa automáticamente un abogado de oficio sin valorar si se tienen medios económicos o no. Lo mismo pasa en el caso de las víctimas de violencia de género, no hace falta que sean sometidas al mencionado baremo. Se les da un abogado concreto especializado en este ámbito jurídico.
Si lo que se necesita es presentar una demanda o llevar a cabo otra acción legal, y tampoco se tienen recursos, también se puede proporcionar un abogado del turno si se cumplen los criterios de la Comisión. Además, todos los viernes los Ilustres Colegios de Abogados de las diferentes partidas judiciales tienen un servicio de asesoramiento al que puede acudir cualquiera sin que haga falta ninguna baremación previa.
Cabe destacar que a los abogados de oficio se les exigen unos requisitos de capacitación rigurosos como son tres años mínimo de experiencia profesional y cursos de formación constantes para certificar el correcto ejercicio de esta cobertura jurídica universal.