La abogacía preventiva ahorra dinero, tiempo y preocupaciones

“Más vale prevenir que curar” esta máxima tan extendida en el ámbito de la salud, es perfectamente aplicable a lo jurídico. Cuánto dinero, tiempo, preocupaciones se podrían ahorrar haciendo uso de la abogacía preventiva. Y es que se suele recurrir a los profesionales legales ante conflictos y situaciones ya realmente complicadas, cuando los abogados son clave para evitarlas directamente, en su debido momento.

Con un buen asesoramiento legal, tanto particulares como empresas, pueden anticiparse a los problemas no deseados y/o minimizar las consecuencias que se puedan derivar de éstos. En este sentido la proactividad y la experiencia del letrado en cuestión, marcarán enormemente la diferencia.

 

Áreas de aplicación de la abogacía preventiva

 

Empresarial y mercantil. Sobre todo, en las fases de creación de una sociedad. Por ejemplo, pueden surgir dudas y carencias informativas ante qué forma societaria dar, definir las responsabilidades del administrador, los socios y los terceros, los libros obligatorios de la empresa, configuración de los estatutos, adopciones de diferentes acuerdos societarios, etc. Fijar correctamente estas bases jurídicas puede impedir consecuencias graves a largo o medio plazo. El compliance tambien es un gran ejemplo de abogacía preventiva en el mundo de la empresa.

 

Civil. En esta área es realmente decisiva la aplicación de la vertiente más anticipativa de lo legal. Hablamos de en situaciones como la redacción de un contrato, también el momento de su firma, para verificar que no aceptamos alguna cláusula abusiva, ya se trate de documentos de arrendamiento, compra-venta, donaciones, productos bancarios, morosidad, actuaciones notariales y muchos otros.

 

Familiar. Es bastante común que no se tenga en cuenta esta rama en la abogacía preventiva. No obstante, también es decisiva para librarnos de males mayores ante la formulación de testamentos y nos puede facilitar las cosas con la creación poderes preventivos, voluntades vitales anticipadas, capitulaciones matrimoniales, pactos prenupciales, elección del régimen económico matrimonial, etc.