¿Qué hacer ante un cobro fraudulento a través del banco?
En primer lugar, debemos revisar nuestro contrato de apertura de cuenta bancaria en la entidad, y observar si el mismo contiene alguna cláusula al respecto. Si es así, puede determinar un plazo para poner en conocimiento de la entidad el posible cobro fraudulento, y que la misma se haga cargo de la devolución de la cantidad indebidamente sustraída. En este sentido se pronuncia el vigente Real Decreto Ley 17/2018 de 23 de noviembre de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, y también lo hace el propio Banco de España en su memoria de reclamaciones del ejercicio 2018, que manifiesta lo siguiente:
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Cuando un usuario de servicios de pago —por ejemplo, el titular de una tarjeta o el ordenante de una transferencia— tenga conocimiento de que se ha producido una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente, deberá comunicarlo a la entidad, sin tardanza injustificada […] en un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo o del abono.
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Responsabilidad del proveedor de servicios de pago por operaciones de pago no autorizadas: En estos supuestos, el proveedor de servicios de pago del ordenante debe devolver a este de inmediato el importe de la operación de pago no autorizada, restableciendo la cuenta de pago al estado que habría tenido de no haberse producido la operación de pago no autorizada, en su caso; ello, claro está, con independencia del derecho que asiste a la entidad de efectuar cuantas actuaciones estime conveniente en defensa de sus legítimos intereses.
Es decir, para el caso en que se lleve a cabo una sustracción de una tarjeta bancaria, el usuario debe poner esto en conocimiento de la entidad, y esta solamente podrá evadir su responsabilidad ante tal situación, en caso de que pruebe que el usuario ha realizado un uso fraudulento o negligencia grave de sus datos bancarios.
Una vez comprobado por la entidad que efectivamente, el usuario ha sido víctima de un fraude, y que no ha hecho este un mal uso de su cuenta bancaria, aquella debe realizar la devolución de la cantidad sustraída.